El uso de menores para promocionar un producto industrializado, recurrir a imágenes que idealicen un bien o la comparación entre uno y otro artículo están entre las restricciones que establece el reglamento para la autorización y control de la publicidad.
La disposición, que debió entrar en vigencia el 18 de febrero pasado, pero que por pedido del sector privado postergó su aplicación por 50 días, comenzó a ejecutarse, aunque está pendiente el instructivo que fijará las sanciones al incumplimiento de lo establecido.

Al momento, las compañías que deben acatar la regulación realizan la presentación del contenido de las publicidades ante la Dirección de Salud, para que sean revisados y aprobados por ese organismo como dispone el reglamento.
Entre las compañías que ya han presentado solicitudes ante la Dirección de Salud está Difare. Según Antonio Quezada, directivo de ese grupo farmacéutico, ellos han presentado diez solicitudes y de esta les han respondido por una.
Agrega que como el reglamento es extenso y con muchas disposiciones que aún requieren ser especificadas por el Ministerio de Salud, no hay un equipo que atienda con celeridad las consultas e interrogantes que les presentan sobre el contenido de la norma.
El reglamento se compone de 45 artículos y, entre otras disposiciones, se señala que en la publicidad no se podrán hacer comparaciones, ni usar a la mujer como símbolo sexual en los anuncios de bebidas alcohólicas. Tampoco promocionar productos para menores de seis meses, ni usar niños en la publicidad, ni idealizar ningún producto que se anuncie.
El reglamento dispone que las empresas entreguen a la Dirección de Salud el original del material publicitario, registro sanitario vigente y la etiqueta del producto aprobada por el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Leopoldo Izquieta Pérez.
Este proceso, según Eduardo Roncoroni, presidente de la Asociación de Agencias de Publicidad del Ecuador, se realizaba desde hace tiempo, pero no con las indicaciones actuales, y que la exigencia de hacerlo ahora puede causar retrasos en la revisión, porque quienes antes no cumplían, ahora lo tienen que hacer.
La Asociación ha presentado una serie de observaciones, según Roncoroni. Entre ellas se indica que quienes están encargados de revisar que el contenido publicitario se apegue al reglamento no son profesionales de la comunicación, sino miembros de la Dirección de Salud.
Este Diario consultó al Ministerio de Salud sobre el reglamento y su instructivo, pero hasta ayer no hubo respuesta.
A inicios de junio, el analista económico Walter Spurrier, durante el seminario ‘Inestable clima de negocios’, advirtió que con las nuevas reglas se busca impedir que los gastos de alimentación de la sociedad cambien como respuesta a campañas publicitarias.
Los asuntos pendientes
Control: El instructivo al reglamento de la publicidad de alimentos procesados deberá señalar qué organismos se van a crear o designar para realizar los controles.
Exterior: En el nuevo reglamento no se señala control a la publicidad foránea. Eduardo Peña, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, dice que la libertad en la publicidad solo se mostrará en los productos y anuncios que vengan de fuera y en los medios foráneos.
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